Registro General de Contratistas de las Fuerzas Armadas (DIVINGE)

registro general de contratista de las fuerzas de armadas

 


La Ley 17. 502 establece las normas para obras de exclusivo carácter militar en las Fuerzas Armadas, las cuales serán aquellas que se ejecutan para las FAs.

Mediante Decreto 803 se aprobó el DNL-334 “Reglamento de ejecución de obras para las Fuerzas Armadas”, documento reglamentario que regula los contratos de obras celebrados por las instituciones de Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en todas aquellas obras de exclusivo carácter militar.

Del mismo modo regula la inscripción de personas naturales y jurídicas en el Registro General de Contratistas de las Fuerzas Armadas (RGC) en las diferentes especialidades y categorías relacionadas con las construcciones militares. El ingreso de las empresas al registro, las habilita para participar en los distintos procesos de cualquiera de las tres instituciones que integran las Fuerzas Armadas. De acuerdo al requerimiento de estas instituciones, la inscripción tendrá una vigencia de 5 años y los contratistas deberán renovarla remitiendo nuevamente sus antecedentes con la debida antelación, con la finalidad de mantener su vigencia en el correspondiente Registro.

La División de Ingenieros del Ejército, tiene dentro de sus responsabilidades a nivel institucional, la de evaluar, estudiar, diseñar, licitar, administrar y controlar los proyectos de construcciones y mantenimiento de la infraestructura militar.

Se comunica que se encuentra a su disposición el correo Ejército del Registro General de Contratistas de las FAs para consultas [email protected]

Ejército de Chile

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