Como una forma de facilitar el cumplimiento de lo establecido en la Ley N°20.880 “Sobre Probidad en la Función y Prevención de los Conflictos de Intereses” y lo dispuesto por el Ministerio de Defensa Nacional, respecto de implementar un plan preventivo en materia de conflicto de intereses e incremento injustificado de patrimonio del personal integrante de las Fuerzas Armadas, el Ejército estableció dentro del Sistema de Prevención de Delitos, la creación de la Oficina de Declaración y Control Preventivo de Intereses y Patrimonio (ODCPIP), dependiente del CGP.
Este organismo, dentro de sus funciones de asesoría, estableció un procedimiento que permite revisar tanto en aspectos de forma y fondo las Declaraciones de Intereses y Patrimonio (DIPs) que elabore el personal obligado por la Ley 20.880, antes de ser validadas y enviadas a la Contraloría General de la República por parte del Ministerio de Fe, así como detectar situaciones que afecten la seguridad institucional, las que serán derivadas a los organismos correspondientes mediante un informe de hallazgo.
Durante la marcha blanca del procedimiento antes señalado se revisaron 125 DIPs, correspondientes a personal obligado por la Ley N° 20.880, en las cuales se pudo detectar que un alto porcentaje presentaba errores de forma en su elaboración, siendo necesario, además, solicitar la ampliación de antecedentes a cinco declarantes y el rechazo de una, de manera tal de que fuera presentada nuevamente.
Asimismo, con la finalidad de disminuir la ocurrencia de errores en la elaboración de las DIPs y facilitar la revisión y aprobación por parte de la ODCPIP, se publicó en el Sistema de Administración de Personal (SIAP) un nuevo instructivo para la elaboración de la Declaración de Intereses y Patrimonio, en donde se explica paso a paso las actividades que se deben realizar.